Muchas de vosotras nos habéis pedido ayuda con este tema, ya que hay diferentes formas de hacerlo y dependiendo de la que elijamos podremos recuperar el 21% si lo gestionamos personalmente y hasta un máximo del 14% si lo hacemos a través de una Agencia.
Para poder realizar el procedimiento debemos ser no residente FISCAL en España. Para ello hay que estar dado de alta en la embajada de España, la cual formaliza este paso mediante un sello en la primera página del pasaporte.
A partir de este momento podemos solicitar la devolución del IVA siguiendo los siguientes pasos:
A: A TRAVES DE AGENCIA: (GLOBAL BLUE, TAX REFUND, ETC)
1- Una vez realizada la compra en el establecimiento solicitaremos la factura correspondiente que nos sellaran para proceder a solicitar la devolución del IVA.
2- Con la factura sellada del establecimiento de compra nos dirigimos al aeropuerto desde el que vamos a salir del país, para proceder a SELLAR LAS FACTURAS por parte de la Agencia de Aduanas. Normalmente será un Agente de la Guardia Civil en una oficina de la Agencia Tributaria. En este proceso el Agente puede,o no, solicitar que se muestre la mercancía de las facturas que nos van a sellar. NUNCA HACER EL CHECK IN ANTES DE SELLAR LAS FACTURAS.
NOTA: En el aeropuerto debemos estar dos horas antes de realizar el check in,ya que salimos al extranjero a lo que debemos sumar como mínimo otra mas para proceder al SELLADO de las facturas.
3.- Una vez pasado el control de pasaportes procederemos a entregar la factura sellada tanto por el establecimiento como por el Agente de Aduanas en la AGENCIA correspondiente previo rellenado de los datos necesarios para ello:
3.1.- Numero de pasaporte
3.2.- Dirección donde residimos
3.3.- Forma de cobro:
3.3.1.- En METÁLICO. Si tenemos abierta la oficina de la Agencia en el aeropuerto, haremos la cola correspondiente para que nos abonen el IVA indicado en la misma. Podemos comprobar que no es del 21% sino menos ya que existe una comisión que cobra la Agencia mediante la que estamos realizando la tramitación.
3.3.2.- Indicando NUMERO DE TARJETA DE CREDITO en la que queremos que nos devuelvan el IVA. Podemos comprobar que no es del 21% sino menos ya que existe una comisión que cobra la Agencia mediante la que estamos realizando la tramitación.
B: PERSONALMENTE:
1- Una vez realizada la compra en el establecimiento solicitaremos la factura correspondiente, para ello:
1.a.-En ésta deberán figurar los datos personales del contribuyente fiscal, es decir, número de PASAPORTE, con la dirección fiscal de QATAR. Esta factura debe ser sellada por el establecimiento y al ser posible debe indicar un numero de tarjeta de crédito donde después de realizar los trámites procederán a la devolución del IVA de la compra.
NOTA: DEBEMOS COMPRAR en establecimientos tipo CORTE INGLES, es decir de primer orden que incorporan en su sistema informático de emisión de facturas el procedimiento de incorporar un numero de tarjeta de crédito para el abono del IVA solicitado.
1.b.-A continuación solicitaremos la dirección postal de España que tiene el establecimiento donde estamos realizando la compra. (Dirección donde remitiremos la factura desde Qatar para que nos devuelvan el IVA correspondiente.)
NOTA 1: Cada establecimiento te dará la suya.
NOTA 2: En el caso de el Corte Inglés la dirección es la que figura en el sobre franqueado que te entregan con la factura emitida.
2- Con la factura sellada del establecimiento de compra nos dirigimos al aeropuerto desde el que vamos a salir del país para proceder a SELLAR LAS FACTURAS. En este proceso el Agente puede o no, solicitar que se muestre la mercancía de las facturas que nos van a sellar. NUNCA HACER EL CHECK IN ANTES DE SELLAR LAS FACTURAS.
3- Con tus facturas selladas y ya desde Doha tienes que mandar por correo (preferiblemente certificado) cada una de éstas en un sobre distinto a cada establecimiento, para que procedan a la devolución del IVA en la tarjeta de crédito indicada en las mismas.
Si no se indicó el numero de la tarjeta (cuando se solicitó la factura), hay que acompañar a la factura de una carta indicando la forma de cobro, es decir, numero de tarjeta de crédito o cuenta corriente bancaria.
En el caso del Corte Inglés, en la factura emitida te solicitaran un numero de tarjeta de crédito en la que deberán realizar el abono. En el resto de establecimientos deberemos preguntar si existe la posibilidad de hacerlo así también. Estamos creando un compromiso entre ambas partes en el establecimiento.
Agradecemos a nuestra socia Eva Royo esta información tan útil.